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Aeronaútica - Ingeniero en Aeronaútica - Agricultura - Agrónomo - Asesor y especialista en Agricultura - Especialista en Asesoría y Divulgación (fertilización) Industria - Ingeniero químico - Ingeniero en Electricidad y Electrónica - Ingeniero industrial e Ingeniero de fabricación - Ingeniero mecánico - Tecnólogo especializado en mantenimiento para instrumentos industriales - Tecnólogo y Técnico en Ingeniería Electrónica y Eléctrica, especializado en Instrumentación y Automatización - Tecnólogo y Técnico en Ingeniería Mecánica - Especialista en ventas técnicas al por mayor - Maquinista-ajustador - Soldador-montador - Reglista-conductor de máquinas-herramientas con mandos digitales - Redactor técnico con dominio del francés y del inglés - Traductor técnico y científico con dominio del francés y del inglés Informática - Consultor de programa - Documentalista y Asesor experto en Ciencias Naturales y Aplicadas - Responsable de interfaces (Multimedia) - Analista de sistemas - Ingeniero de sistemas - Programador de sistemas Salud - Audiólogo y Ortofonista - Especialista en Dietética y Nutrición - Ergoterapeuta
- Desempeño Exclusivo : Los miembros del colegio son los únicos que pueden ejercer las actividades y llevar el título que la ley les reserva. Cada una de las 25 profesiones de desempeño exclusivo existentes está estipulada por una ley concreta que define las actividades profesionales estrictamente reservadas a los miembros del colegio. Abogado, acupuntor, agrónomo, arquitecto, agrimensor, audioprotesista, contador público, geólogo, enfermero, escribano, farmacéutico, ingeniero, ingeniero forestal, mecánico dental, médico, odontólogo, oficial de justicia, óptico, optometrista, podólogo, partera, químico, quiropráctico, técnico en radiología, veterinario.
- Denominación Reservada : Los miembros de un colegio no gozan del derecho exclusivo de ejercer las actividades profesionales. Sin embargo, entre las condiciones que se deben cumplir para realizar las funciones propias de una profesión con denominación reservada se encuentra la obligación de ser miembro del colegio profesional correspondiente, que es lo que da derecho a utilizar el título profesional. Hay veinte colegios profesionales que supervisan el ejercicio de las profesiones con denominación reservada. Administrador autorizado, audiólogo, gestor autorizado, censor público de cuentas, orientador, asesor autorizado en recursos humanos y relaciones industriales, dietista, ergo terapeuta, tasador autorizado, higienista dental, auxiliar de enfermería, inhalo terapeuta, intérprete público, ortofonista, fisioterapeuta, psicoeducador, psicólogo, técnico dental, tecnólogo médico, tecnólogo profesional, terminólogo público, terapeuta conyugal y familiar, traductor público, trabajador social, urbanista. |